Los siguientes países se consideran países de la UE/AELC:
UE-17: Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Islandia, Italia, Liechtenstein, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Portugal y Suecia.
UE-8: República Checa, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Polonia, Eslovaquia, Eslovenia
UE-2: Bulgaria, Rumanía
AELC: Principado de Liechtenstein, Noruega, Islandia, Suiza
Si procede de un país de la UE-17/UE-8/AELC, puede permanecer en Suiza durante tres meses sin permiso. También puedes trabajar aquí, pero debes declararlo. El procedimiento de inscripción para el empleo de corta duración se puede encontrar en el Página web de la Secretaría de Estado de Migraciones.
Si su estancia en Suiza es superior a tres meses, debe registrarse en su municipio de residencia y solicitar un permiso de residencia. Para ello necesita un documento de identidad válido, un contrato de trabajo, una copia del contrato de alquiler y una foto de carné.
Los ciudadanos de la UE/AELC disponen de los siguientes permisos de residencia:
L Permiso de la UE/AELC (permiso de residencia de corta duración): El permiso de residencia de corta duración es válido para estancias inferiores a un año. Si puede demostrar que tiene un trabajo en Suiza de entre tres meses y un año, recibirá un permiso de residencia de corta duración por un periodo de validez correspondiente al de su contrato de trabajo. Se puede renovar al cabo de un año. También puede obtener un permiso L si está buscando trabajo. Sin embargo, entonces no tiene derecho a la seguridad social.
Permiso B UE/AELC (permiso de residencia): El permiso B tiene una validez de cinco años para los ciudadanos de la UE/AELC que puedan demostrar que tienen un trabajo por tiempo indefinido o durante al menos un año. El permiso puede prorrogarse por otros cinco años si se cumplen todas las condiciones. Las personas sin trabajo pueden obtener un permiso de residencia si disponen de medios económicos suficientes y de un seguro de enfermedad y accidentes adecuado.
Permiso C UE/AELC (permiso de establecimiento): El permiso de establecimiento se concede tras una estancia de cinco o diez años en Suiza. Este derecho de residencia es ilimitado y no está sujeto a ninguna condición. Normalmente se concede un permiso de establecimiento después de cinco años a las personas procedentes de los Estados de la UE-17 (excepto Chipre y Malta) y de los Estados de la AELC.
Permiso Ci UE/AELC (permiso de residencia con trabajo remunerado): Este permiso de residencia se aplica a los cónyuges de los funcionarios de organizaciones intergubernamentales y a los miembros de las representaciones extranjeras, así como a sus hijos hasta los 25 años. Les permite permanecer en Suiza mientras dure el empleo del familiar.
G Permiso de la UE/AELC (permiso transfronterizo de viajeros): Los trabajadores transfronterizos son personas que viven en la zona fronteriza extranjera y trabajan en la zona fronteriza vecina de Suiza. Si procede de uno de los 25 países de la UE o de la AELC, puede vivir en cualquier lugar de la UE/AELC y trabajar en cualquier lugar de Suiza. Sólo tiene que volver a su lugar de residencia una vez a la semana. El permiso G UE/AELC tiene una validez de cinco años si su contrato de trabajo es ilimitado o tiene una validez superior a un año. Si su contrato de trabajo tiene una validez inferior a un año, el periodo de validez del permiso de transporte transfronterizo depende del contrato de trabajo.
Si tiene un Extensión de su permiso de residencia, la solicitud puede presentarse en el municipio de residencia como mínimo tres meses y como máximo dos semanas antes de la expiración del permiso de residencia.
Para obtener información sobre los permisos de residencia de la UE/AELC, póngase en contacto con aquí. En el cantón de Obwalden es responsable el Departamento de Migración:
Departamento de Migración
Oficina de Empleo de Obwalden
Antonistrasse 4
6061 Sarnen
Teléfono: 041 666 66 70
Fax: 041 666 66 75
Correo electrónico: migration(at)ow.ch
Horario de apertura: De lunes a viernes, de 8:00 a 11:45 y de 13:30 a 17:00
Puede encontrar más información sobre los permisos de residencia aquí.
Aquí encontrará la solicitud de residencia para los no trabajadores de los países de la UE/AELC.